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Consideraciones a tener en cuenta antes de alquilar una vivienda o local comercial
- Daniel Corzo Simons, Asociado Senior de Miranda & Amado, recomienda siempre firmar un contrato y, de ser posible, elevarlo a escritura pública ante un Notario.
Una forma usual y segura de invertir es a través de la compra de un inmueble, para luego arrendarlo y así, por ejemplo, amortizar las cuotas del crédito hipotecario o, simplemente, generar ingresos a lo largo del tiempo.
Pero, hay que tener en cuenta que al alquilar un inmueble se corren ciertos riesgos, siendo el incumplimiento de pago uno de los más comunes. Ante ello, es indispensable que, tanto el arrendador como el arrendatario, tengan en claro cuáles son los derechos y deberes respecto al bien.
Al respecto, Daniel Corzo Simons, Asociado Senior en Miranda & Amado, da las siguientes recomendaciones para mitigar eventuales riesgos a la hora de alquilar una vivienda o un lugar comercial.
- Verificar los datos y perfil de quién será la persona con la que se firmará el contrato (quién será el arrendador y a quién se le alquilará la propiedad), ya sea una vivienda, local comercial u otro. Se puede obtener información relevante en las principales centrales de riesgos, solicitando referencias a terceros y en los Registros Públicos, a fin de comprobar, por ejemplo, para el caso del arrendador, quién es el titular del inmueble con facultades suficientes para entregar el bien en arrendamiento.
- Firmar un contrato, ya que todo acuerdo debería estar plasmado en un documento, el cual debería ser redactado por un abogado. Esta recomendación es indispensable para luego evitar problemas posteriores. Este contrato puede ser firmado entre ambas partes, es decir el arrendador y el arrendatario, en documento privado o ante notario público (lo que, de ser posible, se recomienda).
- El propietario del inmueble (arrendador) podría ser una persona jurídica o natural. En el primer caso, se deberá constatar que el representante con quien se firmará el contrato tenga las facultades suficientes para celebrar el arrendamiento. Mientras que, de ser una persona natural, lo primero por comprobar será su estado civil, porque de ser casado deberá participar el cónyuge también.
- Para el caso del arrendatario, confirmar la posesión del inmueble, para ello se aconseja visitar el bien varias veces antes de arrendarlo y, de esa manera, verificar el estado y situación del mismo antes de habitarlo (cañerías, instalaciones eléctricas, etc.).
- Acordar cómo serán los pagos de los servicios de luz, agua, internet, mantenimiento; así como del impuesto predial y arbitrios.
- Si se trata del alquiler de un departamento, verificar el reglamento interno a fin de conocer las normas de convivencia y las restricciones existentes, tales como, cuotas de mantenimiento, restricciones sobre tenencia de mascotas, restricciones sobre la realización de reuniones sociales, entre otros aspectos.
Corzo precisa además que, para mayor seguridad, las partes involucradas pueden acudir a una notaría con el objetivo de elevar el acuerdo firmado a Escritura Pública. “Esto permitirá ingresar el documento a Registros Públicos y, de esta manera, respetar las condiciones del contrato en caso la propiedad se transfiera”, señala.
Finalmente, recuerda que existe una norma que permite el desalojo por la vía notarial. No obstante, este procedimiento debe estar precisado en la Escritura Pública y se deben cumplir determinados requisitos.