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En el marco de la Semana Nacional de la Prevención, que se desarrolla desde el lunes 15 de mayo hasta el domingo 21, es clave repasar cuáles son las licencias reconocidas en la norma laboral peruana en aras de prevenir la enfermedad del cáncer.
En ese sentido, Fabiola Ruiz, asociada del área Laboral del estudio Miguel Mur & Abogados, señala que una es la licencia con goce de haber y posterior compensación para los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos.
Los trabajadores, precisa Ruiz, tienen derecho a una licencia anual compensable hasta por 2 días hábiles para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.
Asimismo, la abogada detalla que los trabajadores que deseen hacer uso de este beneficio deberán de coordinar previamente con el empleador o autoridad superior; además de presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar.
Una segunda modalidad es la licencia para exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino.
“Las mujeres trabajadoras tienen derecho a un día del año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y cuello uterino”, indica Ruiz.
Por último, la abogada detalla que el incumplimiento de la normativa genera una infracción muy grave, cuya sanción podría ser de hasta S/260,023.50 dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados, así como del tipo de empresa.
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